Barcelona, enero de 2014.
Circular: ELIMINACIÓNDELPAGO DIRECTOPOR ELFOGASA DE LOS 8 DÍAS DE INDEMNIZACIÓN PARA LAS EMPRESAS DE MENOSDE 25TRABAJADORES
Con efectos de 1de enero de 2014 y vigencia indefinida, la DF5 de laLey 22/2013, de23 dediciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014, ha suprimido el apartado 8 del Art.33, Estatuto de losTrabajadores,manteniéndose el resto de la redacción, así como su numeración. Esta modificación,se suma a las ya realizadas durante el 2012, mediante las que se redujeron por Real Decreto-ley 20/2012, de13de julio lasprestaciones del FOGASA (disminuyendo de150 a120 días el número de días de impago, y el salario base para el cálculo de la indemnización que bajó del triple del salario mínimo al doble), mediante la modificación delArt.33,Estatuto de los Trabajadores.
El Fondo de Garantía Salarial, por tanto, dejará de pagar, con efectos de 1 de enero de 2014, los 8 días (40%) de indemnización por despido objetivo previstas en el Art.33.8 del Estatuto de losTrabajadores, en empresas de menos de 25 trabajadores. Es decir, A PARTIR DE ENERO DE 2014, LOS 20 DÍAS DE INDEMNIZACIÓN DE LOS DESPIDOS POR CAUSAS OBJETIVAS DE ESTAS PYMES CORRERÁN A CARGO DEL EMPRESARIO.
Con esta modificación el FOGASA queda como entidad unicamente de aseguramiento, limitando su intervención como institución de garantía en aquellos supuestos de insolvencia o concurso empresarial.
Esperando la presente les sea de utilidad y quedando a su disposición para resolverles cuantas dudas les merezca, aprovechamos la oportunidad para saludarles muy atentamente, y ofrecerles como siempre nuestro despacho y consideración.