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3 de abril de 2022 por Alberto Morán

2022-4-1 Ayudas extraordinarias en el ámbito de las actividades de restauración afectadas económicamente por la COVID.

2022-4-1 Ayudas extraordinarias en el ámbito de las actividades de restauración afectadas económicamente por la COVID.
3 de abril de 2022 por Alberto Morán

Barcelona, 3 de abril de 2022.

Muy Sres. nuestros,

Compartimos con Uds. una información que puede ser de su interés:

La Generalitat de Catalunya, ha publicado el 24 de marzo de 2022 una Resolución por la que da publicidad a las bases reguladoras para la concesión de una nueva ayuda extraordinaria en el ámbito de las actividades de restauración.

El periodo de solicitud todavía no está abierto.

Personas beneficiarias: Profesionales autónomos y empresas que presten actividades de restauración, dadas de alta en el censo del impuesto de actividades económicas a 31 de diciembre de 2021: Bares, restaurantes y cafeterías, incluidos aquellos que prestan su actividad dentro de un establecimiento colectivo como pueden ser centros comerciales o mercados municipales.

La ayuda otorgada tiene el carácter de importe máximo y consistirá en una aportación única por persona beneficiaria.

Las ayudas serán de entre 1.000 a 15.000 euros, en función del número de trabajadores:

  • 1.000 euros para autónomos y microempresas (hasta 9 trabajadores)
  • 5.000 euros para pequeñas empresas (de 10 a 49 trabajadores)
  • 15.000 euros para empresas de 50 trabajadores o más.

Las solicitudes se tienen que presentar según el modelo normalizado que está a disposición de las personas interesadas en la sede corporativa de Canal Empresa de la Generalitat de Cataluña, en la página web del Consorcio de Comercio, Artesanía y Moda de Cataluña o en la página web del Departamento de Empresa y Trabajo:

https://canalempresa.gencat.cat/ca/integraciodepartamentaltramit/tramit/PerTemes/22779-Ajuts-extraordinaris-en-lambit-de-les-activitats-de-restauracio-afectades-economicament-per-la-COVID-19?category=72fbd1ca-a82c-11e3-a972-000c29052e2c

Las solicitudes se presentarán por medios telemáticos, acompañadas de la documentación que prevén las bases, si procede, a través del Canal Empresa.

La identificación de la persona solicitante se hará a través de los sistemas de firma electrónica admitidos por la Sede electrónica.

Esperando que la presente les sea de utilidad, aprovecho la oportunidad para saludarles muy atentamente, y ofrecerles como siempre mi despacho y consideración.

Atentamente,

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